Los recursos administrativos son instrumentos legales a los que una persona puede recurrir para impugnar cualquier acto administrativo que le afecte sin acudir a la vía judicial.
Los actos que se pueden recurrir son los que determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.
Tipos de recursos administrativos
- Recurso de alzada
En el caso de que una resolución o acto de trámite cualificado no ponga fin a la vía administrativa, es posible usar el recurso de alzada para recurrir ante el órgano superior jerárquico de aquel que la dictara. En este caso, este recurso administrativo se interpone ante el órgano que lo ha dictado o ante el órgano competente.
Si en el plazo estipulado no ha habido una resolución, el silencio se entenderá como una desestimación. Ahora bien, contra esta resolución no existe ningún otro recurso posible
El plazo de interposición de un recurso de alzada, es de un mes desde la notificación en el caso de acto expreso y en cualquier momento a partir de la fecha en que el silencio quede expreso en el caso de los actos presuntos.
- Recurso de reposición
En el caso de que una resolución o acto de trámite cualificado sí ponga fin a la vía administrativa, podrá usarse el recurso de reposición para recurrir potestativamente entre el órgano pertinente. También es posible apuntar más alto e impugnar directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Sea como sea, y de la misma forma que en el recurso de alzada, el silencio supondrá una desestimación del recurso. Pero, además del recurso extraordinario de revisión, contra esta desestimación sí que podrá recurrirse a un recurso contencioso-administrativo.
- Recurso extraordinario de revisión
Y llegamos al recurso excepción, que sólo puede darse en el caso de que se cumpla alguno de los cuatro puntos siguientes:
- Error de hecho en el dictado de la sentencia.
- Aparición de nuevos documentos de valor específico para la resolución.
- Existencia de documentos o testimonios declarados falsos por sentencia judicial.
- Existencia de una sentencia probada fruto de los actos de prevaricación, cohecho, violencia, maquinación fraudulenta o cualquier otra actitud punible.