Tanto las empresas como los autónomos deben tener en cuenta el Calendario de impuestos de cada año, para presentar debidamente la declaración trimestral del IVA u otros impuestos como el IRPF, pagos fraccionados, retenciones, etc. Por ello, es muy importante que tengamos en cuenta estos plazos para no incurrir en ilegalidades si nos pasamos de fecha.

b2ap3_thumbnail_impuestos.jpg

A la hora de presentar impuestos anuales, éstos se dividen en cuatro trimestres por lo que es al final de cada uno cuando debemos presentar los resultados de dicho período. Actualmente estamos a finales del segundo trimestre del año, por lo que ya es hora de presentar los correspondientes impuestos.

Debemos recordar que el plazo final de presentación varía en función de los resultados de la empresa. Así pues, si las declaraciones de la empresa resultan a ingresar, podemos presentarlos unos días antes del plazo general de ingreso y domiciliar su pago en cuenta corriente. Por ello, el plazo para presentar las declaraciones con domiciliación finaliza el próximo día 15 de julioEn el caso de que la empresa vaya a presentar declaraciones en las que no se vaya a domiciliar el pago, el plazo general de presentación finaliza el lunes 21 de julio.

La domiciliación de impuestos es una ventaja para autónomos y empresarios, ya que garantiza el pago de sus impuestos y tasas, sin recargo alguno ya que están dentro del período voluntario de pago. Además, nos permite evitarnos las molestias de efectuar el pago de forma presencial a través de las entidades financieras y la preocupación de recordar las fechas en las que debemos estar al tanto del calendario fiscal nacional, autonómico y local. La mejor opción para realizar la domiciliación de impuestos es acudir a la entidad financiera correspondiente, donde nos informarán de cómo solicitar el cargo a cuenta de dichos impuestos y tasas.

 

Call Now Button