Las causas de la baja de un trabajador pueden ser adversas y la empresa debe afrontar la situación cumpliendo con sus obligaciones. La baja puede ser causada por algún tipo de enfermedad o accidente. En estos casos, el trabajador acudirá a su seguro o a la Seguridad Social, donde su médico le entregará un parte de baja para llevarlo a la empresa en un plazo de tres días. Es entonces cuando la empresa lo notificará a su seguro o entidad gestora.

Cualquier empresa tiene la obligación de notificar las enfermedades profesionales. Así cumplirán el parte de enfermedad, que debe ser transmitido en un plazo de cinco días hábiles desde que se produce la eventualidad.
En cuanto a los cobros, la empresa tiene que seguir pagando al trabajador durante su baja médica, salvo en el caso de que su contrato finalice en el transcurso de la misma. El importe de ese salario se descuenta de los seguros sociales a fin de mes.

Como la baja proviene de un accidente de trabajo o una enfermedad, el trabajador tiene que recibir el 75% de la base de cotización por contingencias profesionales del mes anterior a la baja médica. En caso de que la baja se produjera por una enfermedad común o un accidente no laboral, el trabajador no percibiría la cantidad del primer al tercer día, sino que del cuarto al decimoquinto día se le abonaría el 60% de la cotización por contingencias comunes al mes anterior de la baja.

La reforma laboral aclara que una empresa puede despedir a un trabajador que cause una baja de forma reiterada siempre y cuando sus faltas de asistencia alcancen el 20% de las jornadas en dos meses consecutivos.

Durante ese periodo se pueden cubrir las actividades desarrolladas por ese empleado o bien, cubrir el puesto mediante un contrato de interinidad cuando la baja esté prevista para un periodo relevante.

Si tienes incertidumbre acerca de este tema aún, puedes ponerte en contacto con nosotros para que, como asesores en cuestiones laborales, podamos ayudarte a llevar a cabo las labores de tu empresa.

 

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