Una vez concluida la campaña de la declaración de la renta 2016, muchos de vosotros os preguntaréis cuándo se empezará a ingresar el importe que os salió a devolver en los borradores. Aunque una gran parte ya ha recibido su parte correspondiente, lo cierto es que la Agencia Tributaria tiene de plazo hasta el 31 de diciembre para abonar las cantidades a devolver.

Es habitual que muchas personas comenten entre sus allegados que aún no han cobrado de Hacienda ninguna de las cantidades estimadas en sus borradores mientras que otros sí que lo han percibido. El miedo a una declaración errónea, con posterior sanción, o el no ver ese dinero suelen ser los culpables de este tipo de pensamiento. No obstante, si la declaración está correctamente cumplimentada, no hay nada que temer. Simplemente, se trata de un trámite que se está alargando algo más que el de otras personas pero no deja de estar dentro de plazo.

Algunos de los motivos que llevan a que Hacienda tarde más en devolver suele deberse a cambios en la situación personal o laboral. Aún así, gracias a los servicios telemáticos de la Agencia Tributaria, en la web se puede consultar la información de cómo está la situación. Si Hacienda viera algún error posterior, se reclamaría documentación adicional.

¿Qué pasa si pasa el 31 de diciembre de 2017 y sigo sin el dinero? Pues que, además, de poder reclamar la devolución, se aplican intereses de demora. Concretamente un 3,75% anual de la cantidad a devolver. Eso sí, si Hacienda te devuelve sólo una parte de lo que te figuraba en el borrador, se debe a que ha considerado que eso es lo que te corresponde. En caso de desacuerdo con la Administración Fiscal, la devolución puede ser recurrida a través de un recurso de reposición.

Si tienes dudas sobre la campaña de la Renta, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

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