La mayor parte de los contribuyentes desconocen la existencia de deducciones en el Impuesto sobre la Renta (IRPF) que sirven para reducir la factura fiscal. Una vez que se abra el plazo para presentar la declaración el próximo mes de mayo, será demasiado tarde para optimizar el coste fiscal, pues la rendición de cuentas con Hacienda se hace en virtud de los ingresos obtenidos el año anterior.

Por tanto, ahora es el momento de echar cuentas para ahorrar en la próxima declaración de la Renta.

Vivienda Habitual

Esta deducción es aplicable a contribuyentes que adquirieron la vivienda habitual antes de 2014 y para ello necesitaron un préstamo hipotecario. Podrán deducirse el 15% de las cantidades de este, con un límite máximo de deducción de 9.040 €.

Si la vivienda es de alquiler, también se pueden deducir las rentas pagadas por este concepto. De este modo, para los contratos anteriores al 1 de enero de 2016, los contribuyentes cuya base imponible máxima no supere 24.107,20 € podrán aplicarse una deducción del 10,05% de las cantidades satisfechas en concepto de alquiler.

Asimismo, para los arrendatarios existen deducciones autonómicas compatibles con esta deducción, generalmente asociadas a requisitos de edad.

Planes de Pensiones

Las aportaciones a planes de pensiones suponen una reducción directamente de la base imponible en el IRPF. Para 2015, la aportación máxima con derecho a deducción fue de 8.000 euros. Además, los contribuyentes cuyo cónyuge no obtenga rendimientos, o estos sean inferiores a 8.000 euros anuales, podrán reducir en la base imponible del impuesto las aportaciones realizadas a favor de su cónyuge, con el límite máximo de 2.500 euros anuales.

Familias numerosas y personas con discapacidad

Los contribuyentes que formen parte de una familia numerosa o tengan personas con discapacidad a su cargo también se benefician de una deducción. Como requisitos para su aplicación se exige que los contribuyentes realicen una actividad por cuenta propia o ajena y estén dados de alta en la Seguridad Social o mutualidad alternativa. El importe de la deducción es, en general, de hasta 1.200 euros anuales. En caso de familias numerosas de categoría especial, esta deducción se incrementa en un 100%.

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