Si quieres poner en marcha tu negocio pero aún no has elegido la fórmula societaria con la que te veas reflejado, es el momento de que leas este post y te decidas por la sociedad mercantil que más te convenga según las necesidades. Anónima, limitada, colectiva o comanditaria. Una de ellas será la que corone tu negocio. Te las explicamos a continuación.
Comencemos por la sociedad de responsabilidad limitada. Suele ser la más habitual, y es aquella en la que los empresarios no tienen que responder de forma personal con su patrimonio ante las deudas. Sus socios contarán con una responsabilidad limitada, ya que el capital social de la entidad se dividirá en participaciones. Eso sí, al menos son necesarios 3.000 euros íntegros para su constitución. Si eres un único socio, no tendrás ningún problema en elegir esta opción. La ventaja principal de esta alternativa es que, ante posibles pérdidas, los socios no responderán con su patrimonio. Y, si te urge formar ya tu empresa, es la vía más rápida.
Si nos referimos a las sociedades anónimas, su capital consta de acciones que pueden transmitirse libremente. Harían falta 60.000 euros para constituirla. Y, una de las grandes ventajas de esta sociedad, es que la responsabilidad de cada socio se limita al capital que hayan aportado previamente.
Cuando se trata de sociedades colectivas, el papel de los socios es súmamente importante. Aquí no solo aportan capital, sino que son ellos mismos quienes aportan su trabajo y gestionan la empresa. De hecho, deben responder a las deudas de forma ilimitada y no existe un mínimo de capital.
Por último, la comanditaria se parece mucho a la anterior, pero sin su principal premisa. Pueden haber socios que no se encarguen directamente de la gestión de la empresa. Por tanto, hay socios colectivos y socios comanditarios, que limitan su responsabilidad al capital aportado. Esta sociedad no requiere de ningún capital mínimo.
Podemos incluir en este grupo de sociedades al empresario individual, donde es el propio autónomo quien ejerce el control absoluto de la empresa. Entonces, es él el que responderá con capital propio y bienes personales a las deudas.