¿Conoces los llamados “registros de morosos”? Estos se consultan para saber qué personas o entidades no han cumplido con anterioridad con sus obligaciones monetarias. Pero, ¿qué puede implicar estar en estos registros? ¿Hasta qué punto llega a impactar en una empresa? Como asesores y consultores laborales y legales, desde Morante Asesores, vamos a explicarte las consecuencias de ello.

En primer lugar, una de las principales causas de estar en este registro, podría ser denegar a las empresas nombradas la financiación o la facilitación de suministros o alguna otra prestación que se realice con periodicidad.

Estar dentro del ‘registro de morosos’ o mejor dicho, un fichero de solvencia patrimonial es legal, ya que así lo dice la ley. Es decir, no haría falta ningún consentimiento para aparecer. Eso sí, hay algunos puntos que habría que destacar:

  • Si una compañía estuviera en la lista sería porque existe una deuda real, que ha vencido y se le puede exigir, ya que no se ha pagado.
  • ¿Han pasado seis años desde que debía haberse hecho el pago? No han podido pasar estos años para poder aparecer en el registro. Las empresas tendrán que estar dentro de esta franja de tiempo y, además, como hemos dicho previamente, que hayan pasado el vencimiento de dicha obligación.
  • Debe requerir de pago. Antes de la inclusión en el tratamiento de solvencia hay que realizar un requerimiento previo de pago advirtiendo que si no se paga se procederá a estar dentro del registro.

Si el afectado considera que no se han respetado los requisitos tiene la posibilidad de ejercer el derecho de supresión del artículo 17 de la Ley de Protección de Datos. Además, si ha sufrido daños y perjuicios también puede solicitar derecho a indemnización según el artículo 82.

Si necesitas más información sobre o tienes dudas, contacta con nuestra asesoría de Morante Asesores en Madrid.

Call Now Button