Con el actual Estado de Alarma, en el ámbito social y laboral, son varias las materias en términos jurídicos que de una manera u otra afectan a la ciudadanía con el confinamiento. Y, si algo nos preocupa durante este confinamiento es qué podemos hacer y qué no. La gran mayoría de los contratos laborales han sufrido alteraciones. Lo que conlleva una modificación e incluso se ha llegado a las suspensiones.

Para evitar los despidos a causa del por coronavirus, el ERTE ha sido una de las alternativas a flote. De esta forma se pretende proteger a los más vulnerables. Trabajadores que percibirán el importe de la prestación, teniendo en cuenta las cuantías máximas y mínimas. Es decir, el 70% de la base reguladora los seis primeros meses, y el 50% a partir del séptimo mes.

Pero, ¿cuáles son las preguntas que suelen hacerse con más frecuencia?

  • ¿Se puede cruzar la frontera para ir a otro país? No, se puede cruzar de un país a otro.
  • ¿Es posible salir a la calle? Sólo si es imprescindible. Las excepciones son comprar alimentos, fármacos, ir al banco y a hospitales.
  • ¿Los cuerpos de seguridad del estado pueden pedir justificación? Sí.
  • ¿Regresar a la residencia habitual? Sí.
  • ¿Solo se puede salir en el municipio de residencia? Los ciudadanos sólo pueden moverse por estricta necesidad. Sólo lo pueden hacer los servicios esenciales.
  • ¿Hay cortes en las carreteras? Sí, el Ministerio de Interior podrá acordar el cierre de carreteras.
  • ¿Qué comercios abren? Tiendas de alimentación, supermercados, farmacias, centros de salud.
  • ¿Qué ocurre con las personas dependientes? El cuidado a los vulnerables como mayores, menores y personas con discapacidad.
  • En lo que respecta al empleo, ¿se debe ir a trabajar? En la medida de lo posible, no. Los empleadores, tanto públicos como privados, estarán obligados a facilitar medidas que permitan la prestación laboral.
  • ¿Qué actividades permiten salir a la calle? Sacar al perro e ir a por alimentos.
  • ¿Está funcionando el transporte público? Sí, pero con reducción al 50% de su ocupación.
  • ¿Y las citas médicas? ¿Hay que ir? Si no es urgente, mejor aplazarla.
  • ¿Cuáles son los servicios considerados esenciales en este Estado de Alarma? Seguridad y emergencias, electricidad, agua potable, combustible, gas, telecomunicaciones, permisos penitenciarios, residuos urbanos e industriales, residuos sanitarios, suministros sanitarios y de farmacia, distribución alimentaria humana y para granjas y centros de animales , animales vivos/muertos.
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