La situación actual del COVID-19 ha llegado también a las empresas y a modificar el panorama de la economía española. Está apareciendo en las compañías un concepto nuevo, el de ERTE. Pero, ¿qué es realmente esta forma de despido temporal y cómo afecta a todos? ¿Cómo se lleva a cabo? Hoy desde Morante Asesores te lo contamos todo acerca de ello.

Son muchas las empresas que ya han llevado a cabo este Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE). Burguer King, Iberia o Seat son algunas de ellas. El descenso en la demanda de los servicios y productos de las entidades ha obligado a que surja esta novedosa modalidad de despido.

¿Cuál es el número de trabajadores afectados?

Hay que basarse en tres tipos de distinciones. La primera son las empresas de 100 o menos empleados, que tendrán que aplicarlo al menos a 10 trabajadores. Si hablamos de entidades de entre 100 y 300 deberán aplicarlo al menos al 10% de los empleados. Y, en lo que refiere a empresas de 300 o más personas, mínimo tendrá que ser a 30 trabajadores.

Como ya sabemos, todos los trabajadores que hayan trabajado al menos casi un año, es decir, 360 días en los últimos seis años tienen derecho a paro. Pero, en este caso puntual, este tipo de despidos provocados a causa del coronavirus no necesitan acumular ese tiempo. Ya tienen derecho a una pensión por desempleo del 70% de la base reguladora durante los primeros seis meses. Y asimismo, del 50% a partir de ese momento.

El encargado de la empresa no tendrá que abonar ningún tipo de indemnización. Eso sí, tendrá que reincorporar a los trabajadores afectados una vez termine el periodo de tiempo que se ha estipulado. Además, seguir pagando el 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social respecto de la cuota empresarial.

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