Como ya sabemos, las leyes españolas se expanden por todos los ámbitos estrechamente vinculados a las empresas. Si hacemos referencia a las medidas de prevención y a la lucha contra el fraude en las compañías, es necesario conocer las acciones que se están llevando a cabo con el anteproyecto presentado el pasado año. Sigue leyendo para contarte más sobre ello.
Disposiciones como la limitación de los pagos en efectivo, de 2.500€ a 1.000€, la actualización de la lista de paraísos fiscales, el control fiscal del mercado de criptodivisas o la prohibición de amnistías tributarias, son algunos de los aspectos de lucha contra el fraude.
Control de criptodivisas
Para hablar de las criptodivisas y entenderlas, antes hay que saber qué son las criptomonedas. No son más que monedas virtuales, que pueden ser intercambiadas como cualquier divisa. La única diferencia es que están fuera del control de los gobiernos y las instituciones. Por tanto, las criptodivisas son medios digitales de intercambio:
- Sin representación física, todo es electrónico.
- Sin respaldo de ningún gobierno.
- Sin posibilidad de falsificación.
Anulación del software de ocultación de ventas
Hay que poner especial atención a los software informáticos que permiten que se manipule la contabilidad.
Los programas tienen que ajustarse a requisitos que garanticen la integridad, conservación, trazabilidad e inviolabilidad de los números.
Adiós a las amnistías
Las amnistías fiscales estarían prohibidas. En palabras mayores y más claras, se trata de una fórmula que hace que exista ‘dinero negro’ que no se declara a Hacienda. Es el ‘perdón de los defraudadores’, en el que se les ha eximido total o parcialmente sus obligaciones tributarias por no cumplir en su momento.
Acabar con los paraísos fiscales
Los países o lugares con una tributación baja o nula. A esto es a lo que se le llama paraíso fiscal. Cuentan con una normativa fiscal muy flexible, existe secreto bancario y opacidad en el registro público de sociedades.
Más límites en el pago en efectivo
Un límite de 2.500 € únicamente para pagos realizados entre particulares, para que no exista impacto en las economías domésticas. Para el resto, un límite de 1.000 € en efectivo y en caso de particulares con domicilio fiscal fuera de España, 10.000 €.
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