Si en el post de la semana pasada hablamos sobre responsabilidad fiscal y responsabilidad penal, esta semana continuamos con el resto de responsabilidades que todo administrador de una sociedad debe asumir.
Responsabilidad mercantil
De acuerdo con la Ley de Sociedades de Capital, “los administradores responderán frente a la sociedad, frente a los socios y frente a los acreedores sociales, del daño que causen por actos u omisiones contrarios a la ley o a los estatutos o por los realizados incumpliendo los deberes inherentes al desempeño del cargo, siempre y cuando haya intervenido dolo o culpa”.
En este caso, los deberes de los administradores se pueden resumir en los siguientes:
· Deber de lealtad, obrando de buena fe y en el mejor interés de la sociedad.
· Deber de discrecionalidad empresarial, sin interés personal en el asunto objeto de decisión, guardar secreto, aún después de cesar en el cargo.
· Actuar con la diligencia de un ordenado empresario y de un representante leal.
El incumplimiento de dichos deberes podrá llevar al administrador a indemnizar el daño causado al patrimonio social con sus bienes propios y devolver a la sociedad el daño patrimonial causado.
Responsabilidad laboral y de Seguridad Social
En el ámbito laboral, la responsabilidad de los administradores tiene su base en el hecho de que estos asumen tareas y responsabilidades de dirección y organización junto con el empresario.
A diferencia de otras disciplinas jurídicas, el Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social no regula, de una forma específica, la forma de exigir responsabilidades a los administradores de las sociedades mercantiles en los casos de impago de deudas laborales o de Seguridad Social, lo que ha llevado a los Tribunales a declarar plenamente aplicable en dicho ámbito lo dispuesto en la Ley de Sociedades de Capital.
Administradores de hecho y de derecho
Entre los responsables de la sociedad no solo se encuentra el administrador de derecho, sino también la Ley contempla al administrador de hecho, el cual ejecuta y toma las decisiones (caso de un antiguo administrador, directores generales, apoderados, gerentes, etc.). Si alguno de ellos incumple sus deberes, es posible llevar a cabo acciones denominadas “levantamiento del velo”, consistentes en descubrir quién es realmente la persona que dirige la sociedad.