Ya sabemos qué es la jubilación. Ni más ni menos que un sistema fijado por el sistema laboral de un estado, con el objetivo principal de garantizar sustento y descanso a personas de avanzada edad tras toda una vida de trabajo. Pero, ¿es posible seguir trabajando en activo y, al mismo tiempo, cobrar una paga de jubilación? Como ocurre la gran mayoría de las veces, existen excepciones. Y son las que vamos a contarte en este post desde la consultoría de Morante Asesores.
Jubilación parcial
La jubilación se puede hacer de forma parcial y gradual. Y, a su vez, puede generar dos nuevos contratos. El contrato de trabajo a tiempo parcial del trabajador, con el que se accede a esta jubilación parcial.
Y el contrato de relevo celebrado con un trabajador en situación de desempleo, o bien, con un trabajador de la empresa que tenga un contrato de duración determinada (por ejemplo, un contrato de trabajo eventual) con mejora en las condiciones de trabajo. Este último es para cubrir el tiempo de trabajo que ya no realiza el trabajador que ha accedido a la jubilación parcial.
Jubilación flexible
En este caso el trabajador estaba jubilado por completo y decide volver parcialmente al trabajo. Compagina el cobro de una pensión con la realización de una jornada laboral remunerada a tiempo parcial. Eso sí, la pensión de jubilación tendrá que ser minorada en función de estos recortes de la jornada laboral.
Ingresos que no llegan al mínimo interprofesional
Cabe la posibilidad de cobrar la prestación de jubilación mientras se perciben ingresos provenientes de trabajos por cuenta propia cuyos ingresos no superen al SMI en suma anual.
Trabajador titular de un negocio
Un trabajador autónomo podrá cobrar la pensión de jubilación y desarrollar una actividad económica cuando tenga contratado a un trabajador por cuenta ajena. Aunque a los administradores de una sociedad mercantil que sean autónomos se les niega esta posibilidad.