La campaña de la Renta 2014 empieza a llegar a su fin. De hecho mañana mismo es el último día para domiciliar bancariamente el pago, aunque es el 30 de junio (e próximo martes) cuando termina el plazo oficial de la campaña. Este plazo final es sólo para aquellos que no vayan a domiciliar el pago mediante el banco, aunque las declaraciones a ingresar de forma fraccionada sí que se pueden presentar hasta el día 30 y domiciliar la segunda parte del pago.
Si optamos por no hacer el pago mediante domiciliación bancaria, se puede pagar mediante un cargo en la cuenta corriente o bien a través de efectivo. Para ello, hay que obtener el Número de Referencia Completo (NRC) para poder realizar el abono y que sirva también como justificante del mismo. Para conseguir el NRC hay que acudir a una entidad bancaria colaboradora o bien solicitarlo vía electrónica mediante el certificado digital o la Cl@ave PIN. Una vez obtenido, debemos realizar el pago a la Agencia Tributaria el mismo día que se presenta la declaración.
Normalmente, las declaraciones que salen a devolver se suelen pagar mediante transferencia bancaria, pero se puede dar el caso extraordinario de que se cobre a través de un cheque nominativo del Banco de España. Según la versión oficial de Hacienda «cuando el contribuyente no tenga cuenta abierta en ninguna entidad colaboradora con Hacienda o concurra alguna circunstancia que lo justifique, se podrá hacer constar dicho extremo en escrito dirigido al titular de la Administración o Delegación de la Agencia Tributaria que corresponda a su domicilio habitual, incluyendo dicho escrito junto a la declaración. A la vista del mismo y, previas las pertinentes comprobaciones, el titular de la Administración o Delegación podrá ordenar la realización de la devolución que proceda mediante cheque cruzado o nominativo del Banco de España». El plazo a devolver es de seis meses, aunque puede aumentar si la Agencia Tributaria realiza una comprobación de los datos sobre la declaración.