Por ende, el Gobierno da una serie de derechos a los trabajadores que estén en su puesto laboral y tengan que ir a votar. En este caso, las elecciones se celebrarán un domingo, algo normal como las veces anteriores. Por raro que pueda parecer, algunas empresas, comercios pequeños y otras entidades, trabajan este día festivo. Pero entonces, ¿pueden ir sus trabajadores a votar? Desde Morante Asesores, te contamos cuáles son sus derechos.

En el reconocido Estatuto de los Trabajadores, y más concretamente en el artículo 37, se indica que los trabajadores tienen derecho a ausentarse del trabajo para ir a votar durante la jornada laboral. Eso sí, no podrá existir una norma que marque un tiempo determinado de ausencia. Por lo que, en resumen, es un permiso que pagan, es retribuido.

Son las propias comunidades las que tienen sus respectivas normativas de cara a las elecciones, facilitando el derecho al voto. Además de eso, algunos de los pasos a seguir por parte de los trabajadores es preavisar al empresario y justificar la ausencia. Es tiempo que no tienen que trabajar después de más, no se trata de horas extras.

¿Cómo se acuerda el horario?

Ese tiempo de permiso debe acordarse dependiendo de la apertura de los colegios electorales. En caso de que no coincidiera el horario laboral con el de los colegios o solo tienen en común menos de dos horas de trabajo, no existe derecho a pedir permiso. Pero, si durará más de dos horas, se puede ausentar como máximo 120 horas.

Básicamente, el tiempo de ausencia dependerá de cuánto dure la coincidencia de horas de apertura entre la empresa y los colegios.

¿Y si el trabajador tiene que estar en la mesa electoral?

Si se forma parte de esa mesa, al cobrar una retribución de 65 euros, la empresa no podrá descontar esta cantidad de su salario.

Si tienes dudas sobre este y muchos más temas legales, tributarios o financieros, ponte en contacto con nosotros.

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