La responsabilidad de los autónomos es personal hacia las deudas sociales, la carga tributaria y las dificultades de financiación. Aunque, es cierto que al inicio de una actividad emprendedora la adopción de la forma jurídica de autónomo resulta muy atractiva, también es verdad que a medio o largo plazo cuando se alcanza una facturación superior a los 40.000 euros, se quiere trabajar para con grandes empresas y se necesita agilizar la obtención de financiación.
Para pasar de ser autónomo a crear una sociedad hay que cumplir con unos trámites exigidos, con una primera gestión añadida que no es otra que la de solicitar la baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Pasos
1. Darse de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores. También, en el Censo de Obligaciones Tributarias de Hacienda antes de la emisión de cualquier factura.
2. Registro en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). Es obligatorio para todas las Sociedades Limitadas, excepto para las actividades agrícolas, las ganaderas, forestales y pesqueras.
3. Darse de alta en la Seguridad Social. Tienen que hacerlo todos los administradores y socios de la S.L. para que coticen y puedan realizar sus tareas conforme a la ley. Según sus funciones, tienen que registrarse como autónomos o trabajadores del régimen general.
4. Es fundamental el modo de llevar las cuentas, ya que las sociedades están obligadas a contar, con al menos, con un libro de actas, un del registro de socios, un listado de acciones nominativas y con el Libro registro de contratos entre el socio único y la sociedad.
Todas las gestiones se pueden formalizar de manera telemática, es un sistema rápido y seguro que puedes realizar tú mismo. Aun así, la mejor opción es dejarse asesorar.
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