Septiembre está ya a la vuelta de la esquina y las empresas se están poniendo a punto en estos últimos días de agosto para empezar el nuevo curso con buen pie. Las vacaciones se terminan y la vuelta a la normalidad se aproxima también en el calendario fiscal, que incluye fechas importantes para empresas y autónomos por lo que es un mes a tener en cuenta en la fiscalidad española. Veamos las fechas que tendremos que apuntar en el calendario del mes que comienza próximamente.
Este mes no está especialmente cargado de fechas con obligaciones tributarias, aunque es muy importante estar al día de todos los aspectos relacionados con la fiscalidad española para empezar el curso con buen pie. Estos son los plazos a cumplir en septiembre:
Hasta el 21 de septiembre
Tendrás hasta esa fecha límite para presentar el impuesto de Renta y Sociedades, incluyendo retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas. Las grandes empresas deberán presentar en relación a esto último, los modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128 y 230.
En cuanto al IVA, hay que presentar lo correspondiente al mes de agosto de 2015 en los siguientes temas:
- Autoliquidación (Modelo 303).
- Grupo de entidades, modelo individual (Modelo 322).
- Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA y otras operaciones (Modelo 340).
- Grupo de entidades, modelo agregado (Modelo 353).
- Operaciones asimiladas a las importaciones (Modelo 380).
- Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias correspondientes a los meses de julio y agosto de 2015 (Modelo 349).
Por último, también hay que tener en cuenta los impuestos especiales de fabricación:
- Correspondientes a junio de 2015:
- Grandes empresas (Modelos 553, 554, 555, 556, 557, 558).
- Grandes empresas (Modelos 561, 562, 563).
- Correspondientes a agosto de 2015:
- Grandes empresas (Modelo 560).
- Modelos 548, 566, 570, 580 y 581.